Tomemos el siguiente ejemplo:
En una operación comercial la empresa “X” decide comprar un bien y darlo como un regalo al empleado “A” a raiz de esto surgieron las siguientes dudas:
1)Se retiene el RC-IVA?
2)Que pasa con el Credito Fiscal?
Para analizar el caso primero veamos que nos dice el diccionario, que significa regalo?
Regalo: Dávida que por voluntad o costumbre se hace a una persona, generalmente como demostracion de afecto.
Partiendo de ese concepto entonces:
1) Esta operacion no se encuentra alcanzada por el RC-IVA, siempre y cuando sea entregado como regalo, demostracion de afecto y no como una retribución a algun trabajo, la empresa tendra que demostrar la realidad economica del hecho en cuestion.
2) Si la Empresa X obtuvo credito fiscal en la compra del regalo para efectos del IVA, se lo toma como una entrega a titulo gratuito (Devolver el credito fiscal adquirido y actualizado, Art. 8 – DS 21530 – Reglamento IVA).
Romer